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La Sede Judicial Electrónica es aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos y profesionales a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a cada una de las Administraciones competentes en materia de Justicia.
La ley 18/2011, del 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, define la «Sede Judicial Electrónica» como “aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a cada una de las Administraciones competentes en materia de justicia. A través de la Sede judicial electrónica, se realizarán todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de la Administración de Justicia o de los ciudadanos y profesionales por medios electrónicos.
La Sede Judicial Electrónica, extiende su competencia al Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y los Juzgados Centrales, así como a aquellas Comunidades Autónomas en las que los medios materiales y personales de la Administración de Justicia dependen del Ministerio de Justicia, esto es: Extremadura, Castilla la Mancha, Castilla y León, Islas Baleares, Región de Murcia, ceuta y Melilla.
A ciudadanos y profesionales de la justicia que quieren actuar con la Administración de Justicia a través de internet
Podrá acceder a ella y realizar trámites durante las 24 horas del día, los 365 días del año. Para la presentación de escritos y documentos, es importante saber:
- En caso de que la presentación tenga lugar en día u hora inhábil, a efectos procesales se entenderá efectuada el primer día y hora hábil siguiente.
- La presentación de escritos y documentos, si estuviere sujeta a plazo, podrá efectuarse hasta las quince horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo.
- En caso de interrupción no planificada del servicio: podrá proceder a su presentación en la oficina judicial el primer día hábil siguiente acompañando el justificante de dicha interrupción.
- En los casos de interrupción planificada: deberá anunciarse con la antelación suficiente, informando de los medios alternativos de presentación.
- En el caso de que el resultase insuficiente para la presentación, se deberá presentar en soporte electrónico en la oficina judicial ese día o el día siguiente hábil, junto con el justificante expedido por el servidor de haber intentado la presentación sin éxito. En estos casos, se entregará recibo de su recepción.
No.
Los ciudadanos accederán a la página de inicio de las Sedes sin necesidad de identificación, pero siempre se exigirá la autenticación del usuario para acceder a los trámites electrónicos, ya sea a través de la página principal de la sede, de un enlace directo a algún servicio desde los favoritos o bien desde un motor de búsqueda.
La firma electrónica es el conjunto de datos, en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante. Es una cadena de caracteres, generada mediante un algoritmo matemático, que se obtiene utilizando como variables la clave privada y la huella digital del texto a firmar de forma que permite asegurar la identidad del firmante y la integridad del mensaje.
Los sellos electrónicos son un mecanismo de firma electrónica que permite autenticar una actuación judicial automatizada, según lo definido en la Ley 18/2011 reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.
Deberá asegurarse de que en su equipo se encuentra listo para identificarse con un dni electrónico (DNIe). Puede consultar los pasos necesarios en el siguiente enlace: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica/obtener-certificado-con-dnie/configuracion-previa.
Es posible que algunos navegadores desactualizados muestren un mensaje de error relacionado con el certificado de seguridad de la Sede Judicial Electrónica. El aviso indica que el sitio utiliza un certificado usado por el protocolo TLS para cifrar las comunicaciones y que el navegador no lo reconoce. Aunque es posible acceder con otros navegadores más actualizados, también es posible acceder con el mismo navegador a los certificados de referencia del prestador (FNMT) e incluirlos por el propio usuario para que en lo sucesivo no aparezca la alerta.En el siguiente enlace están disponibles los certificados de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre):
https://www.sede.fnmt.gob.es/descargas/certificados-raiz-de-la-fnmt.
Conviene que haga click en los enlaces de los certificados raíz y subordinados y siga los pasos indicados por su navegador para confiar en ellos: La FNMT y el resto de prestadores cualificados de certificación se incluyen en la lista de certificados confiables de la Unión Europea denominada "EU Trusted List" que todos los navegadores deberían admitir.
En la pestaña de servicios puede ver los servicios disponibles en la Sede.
Se trata de un código único que identifica un documento electrónico que aparece impreso en los documentos firmados electrónicamente en el ámbito de la Administración de Justicia y que garantiza su integridad mediante su cotejo en esta sede electrónica.
Para comprobar la autenticidad de un documento impreso en papel, podrá utilizar el Servicio de Código Seguro de Verificación
Dentro del área personal, en el apartado "Mis procedimientos".
En función de los criterios de búsqueda marcados, aparecerá un listado con aquellos procedimientos asociados a su documento identificativo y su estado de tramitación.
Recuerde que solo podrá consultar el estado de aquellos expedientes tramitados en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia en los que sea parte o en los que, como profesional, actúe en defensa o representación de alguna de las partes.
Desde la Sede, en la pestaña Servicios, buscar el servicio “LexNET”, se accederá al detalle del servicio. Pulsar el botón “Acceder al servicio”, el sistema le envía al acceso de LexNET. Necesitará estar en posesión de un certificado válido para poder acceder.
Desde el Área Personal, se accederá al espacio “Quejas y Sugerencias”, donde podrá cumplimentar y firmar el formulario disponible para presentar una Queja o Sugerencia sobre el servicio que presta la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia.
Es la gestión o diligenciamiento que se realiza para obtener un resultado, en pos de algo, o los formulismos necesarios para resolver un asunto judicial.
Simplemente debe pinchar en uno de los trámites y seguir los pasos que se le va indicando.
Puede ver todos los trámites que puede realizar en la pestaña de trámites.
Se trata de un área privada de acceso para el Ciudadano o Profesional. Para acceder a ella se requiere autenticación.
Mediante autenticación con DNI electrónico o certificado electrónico. Una vez realizada una primera autenticación se podrá registrar y obtener un usuario y contraseña para futuras autenticaciones.
También podrá acceder mediante cl@ve (Sistema de identificación electrónica en las relaciones con las Administraciones Públicas) con sus mecanismos de autenticación permitidos.
Puede visitar el área de Preguntas Frecuentes: Preguntas frecuentes cl@ve.
También puede dejar un mensaje en: Consulta cl@ve.