Publicador de contenidos

Presentación de escritos

Accede al servicio de presentación de escritos.

El Servicio de Presentación de escritos permite a cualquier persona física o jurídica realizar la presentación telemática de escritos (iniciadores, de trámite, o iniciadores de ejecución) dirigidos a los órganos de la Administración de Justicia en el ámbito de actuación de esta sede judicial electrónica.

El servicio este habilitado para toda la ciudadanía. 
El servicio está disponible 24x7 los 365 días del año.
Cualquier persona física o jurídica puede realizar la presentación telemática de escritos si dispone de un DNI electrónico o certificado digital.
También es posible el acceso a través de Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente.

Los tipos de escritos disponibles son los siguientes:

  • Escrito iniciador
    • Monitorio (Civil)
    • Monitorio (Social)
    • Monitorio Comunidad de Propietarios (Civil)
    • Acto Conciliación (Civil)
    • Juicio Verbal (Civil)
    • Materia Concursal (civil)
  • Escrito de trámite
    • Se podrá presentar escritos de trámite, para cualquier tipo de procedimiento judicial, que este incluido en estas jurisdicciones:
      • Civil
      • Social
      • Penal
      • Contencioso Administrativo
  • Escrito iniciador de ejecución
    • Monitorio (Civil)
    • Monitorio (Social)
    • Monitorio Comunidad Propietarios (Civil)
    • Acto Conciliación (Civil)
    • Juicio Verbal (Civil)

Para los escritos iniciadores que se pueden presentar desde esta sede judicial, las cuantías permitidas están limitadas a los siguientes casos:

  • Escrito iniciador de monitorio civil: La cuantía total no tiene limitación
  • Escrito iniciador de monitorio social: La cuantía total no puede ser superior a 6000 euros.
  • Escrito iniciador de monitorio de comunidad de vecinos: La cuantía total no tiene limitación
  • Escrito iniciador de juicio verbal: La cuantía total no puede ser superior a 2000 euros.
  • Escrito iniciador de ejecución de título judicial: La cuantía total por la que se despache ejecución no puede ser superior a 2.000 euros.

Si se desea presentar un escrito que supere las cuantías indicadas, será necesaria la asistencia profesional de abogado y procurador